El pasado 28 de junio se publicó en el BOE el Real Decreto 5/2023, por el que se adoptan medidas en diferentes ámbitos, y entre otras cuestiones, se establecen medidas de ejecución para dar cumplimiento al Derecho de la Unión Europea y la trasposición de Directivas.
Este RD regula cuestiones que afectan al Sector Público, en concreto el de la temporalidad abusiva. El artículo 217 viene suplir una omisión respecto a la estabilización de plazas que menciona la Disposición Adicional 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público.
Este artículo evita la restricción presupuestaria para las plazas a estabilizar de la Disposición Adicional 8ª al igual que hace el artículo 2.1 de la mencionada Ley respecto a las plazas de la Disposición Adicional 6ª.
Con este artículo, aquellas Administraciones que no hayan querido estabilizar a su personal en abuso de la temporalidad según los requisitos de la Disposición Adicional 8ª, ya no puede justificar la limitación presupuestaria para realizarlo, y permite, la creación de una tasa adicional con plazas de naturaleza estructural para que todo ese personal pueda estabilizar mediante concurso de méritos en condiciones de igualdad respecto al personal de otras Administraciones.
La creación de esa tasa adicional tiene una limitación temporal, hasta el 31 de diciembre de 2023.
La cuestión es que hay Administraciones que han solicitado esa “liberación” presupuestaria para estabilizar a su personal, incluso ya cesado, como es el caso de la Junta de Andalucía.
La incógnita está en qué hará la Comunidad de Madrid con todos los procesos selectivos que hay en marcha por oposición-concurso del personal de Administración y Servicios. No sabemos si seguirán su curso o crearán esa tasa adicional para estabilizar a todo ese personal por concurso de méritos.
El caso es que nos va a tocar seguir luchando para que el personal temporal de la Comunidad de Madrid pueda estabilizar en igualdad de condiciones respecto al personal de otras administraciones, porque voluntad para proteger a sus trabajadores/as y la defensa de los servicios públicos es nula como ha quedado probado en multitud de declaraciones y decisiones de sus dirigentes.